Código ético de Ronda 15

Nuestro Código de Conducta / Ético (en adelante, también llamado el “Código”) describe los valores y principios que todos los empleados de RONDA 15, S.L., en adelante “RONDA 15”, deben respetar y cumplir.

Nuestro Código describe cómo actuamos como empleados y cómo hacemos negocios.

Es responsabilidad de todos los empleados de RONDA 15 conocer el contenido del Código.

NUESTROS PRINCIPIOS

El cumplimiento de las leyes es una obligación ineludible para RONDA 15. Todo el personal afectado por el Código debe respetar la legalidad vigente, evitando conductas que, aun no violando la legalidad, contravengan los valores, principios y comportamientos éticos establecidos en este Código.

En nuestras actividades comerciales y relaciones laborales:

  • Asumimos el desarrollo de nuestras funciones con interés y responsabilidad.
  • Cumplimos con las leyes aplicables.
  • Evitamos incurrir en conflicto de interés.
  • No tienen cabida actitudes discriminatorias por razón alguna.

EN EL MERCADO

Competencia:
RONDA 15 fomentará el libre mercado y la competencia entre los distintos operadores del sector conforme a lo previsto en la legislación aplicable, estableciendo controles internos con el objetivo de prevenir prácticas anticompetitivas.

La violación de las normativas y leyes antimonopolio puede dañar gravemente la reputación de RONDA 15, generar multas importantes y dar lugar a responsabilidad civil y penal contra los empleados involucrados.


Bienes y servicios:
RONDA 15 garantiza que los bienes que suministra y los servicios que presta, cumplen todos los requisitos exigidos por la legislación en materia de calidad, conservación y distribución.

RONDA 15 tiene implementados diversos procedimientos de control externo e interno, que son de obligado cumplimiento por parte de todos los empleados y objeto de actualización constante por parte de los responsables.

 

Conflictos de intereses:
Nuestros empleados actúan y toman sus decisiones con el único y mejor interés de RONDA 15.

Se debe evitar cualquier escenario que conlleve un conflicto entre las responsabilidades que emanan del trabajo que se desarrolla en RONDA 15 y los intereses personales, debiendo, las personas afectadas por este Código, abstenerse de intervenir en la toma de decisiones de aquellas situaciones en las que directa o indirectamente se vean afectadas.


Anti-soborno y corrupción:
Nuestros empleados no solicitarán ni ofrecerán ninguna ventaja personal no justificada.


Marketing:
Nuestras actividades de marketing, publicidad, ventas y promoción son honestas.


Proveedores:
RONDA 15 se relacionará con los proveedores de bienes y servicios de forma ética y lícita.

Como muestra de su compromiso, se han implantado mecanismos que favorecen la objetividad en su selección y se da seguimiento a fin de que cumplan con los estándares de calidad exigidos.

EN EL TRABAJO

Las personas que trabajan en RONDA 15 constituyen uno de nuestros pilares básicos.


Lugar de trabajo:
RONDA 15 ofrece a sus empleados un entorno de trabajo seguro y saludable. Cada uno de los empleados es responsable de contribuir a ello.


Seguridad y salud:
Cumplimos la legislación vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo.


Contra la discriminación:
Garantizamos que no exista, en el entorno laboral, ningún tipo de actitudes discriminatorias por razón de sexo, origen étnico, religión, edad u orientación sexual, así como situaciones de acoso.


Desarrollo profesional:
RONDA 15 promueve el desarrollo personal y profesional de sus empleados, así como velará por la conciliación de su vida personal y laboral. Actuamos siempre de manera respetuosa con todas las personas con las que interactuamos en el trabajo.


Privacidad y Redes Sociales:
Garantizamos el derecho a la intimidad y privacidad de todos nuestros empleados.

Todos los empleados harán un uso adecuado de las redes sociales, absteniéndose de difundir información, realizar manifestaciones, utilizar expresiones o mostrar imágenes a través de las mismas que puedan afectar de cualquier modo al prestigio y reputación de RONDA 15, o que puedan menoscabar o atentar contra el honor de sus profesionales o de terceros en general.


Activos de la empresa:
Todo el personal afectado por el presente Código queda obligado a utilizar los bienes puestos a su disposición, para el desempeño de su actividad profesional, de manera adecuada y diligente, evitando un mal uso que pueda producir un daño en los mismos.

Esto aplica tanto a los activos físicos (tales como ordenadores, móviles y vehículos) como a la propiedad intelectual y/o industrial.


Registros y Libros:
Todos nuestros registros financieros/contables son precisos y las transacciones se registran de forma transparente de acuerdo con las prácticas contables de RONDA 15.


Confidencialidad y protección de datos:
Las personas afectadas por el presente Código deberán abstenerse de revelar información privilegiada a terceros, incluidos sus amigos y familiares.

La información confidencial es cualquiera que no sea pública. Debemos proteger proactivamente la información confidencial.

Queda prohibido, comunicar, revelar o utilizar en beneficio propio o ajeno cualquier dato o información que hubiese sido obtenido con ocasión del desempeño de su actividad profesional.


Viajes:
Durante los viajes de negocio, representamos a RONDA 15 y, por lo tanto, no podemos realizar actividades ilegales o inapropiadas que puedan dañar la reputación de RONDA 15.

EN LA SOCIEDAD

Derechos humanos:
Apoyamos y respetamos los derechos humanos reconocidos internacionalmente.

No toleramos ninguna forma de trabajo forzoso.


Trabajo infantil:
RONDA 15 no acepta el trabajo infantil y comparte el objetivo de abolir efectivamente el trabajo infantil, entendido como trabajo que es peligroso para la salud, la seguridad o la moralidad de los niños, o trabajo que interfiere con la educación obligatoria o para el cual los niños son simplemente demasiado jóvenes.

RONDA 15 no contratará a ningún menor que no haya finalizado la escolaridad mínima obligatoria y, en ningún caso, a ninguna persona menor de 15 años tal y como se prevé en el Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).


Medioambiente:
RONDA 15 actúa en todo momento de manera responsable con el medioambiente y respeta la legislación aplicable.


Blanqueo de capitales:
RONDA 15 cumple con las leyes nacionales e internacionales contra el blanqueo de capitales.

Nuestros empleados adoptan las medidas necesarias para evaluar la integridad de nuestros socios comerciales y asegurarse que no participan en actividades ilegítimas.

SEGUIMIENTO DEL CÓDIGO ÉTICO. VULNERACIÓN O INCUMPLIMIENTO DEL CODIGO.

Todos los empleados de RONDA 15 tienen la obligación de conocer, cumplir y contribuir al cumplimiento del Código.

Cualquier incumplimiento del presente Código que se observe deberá ser comunicado, bajo garantía de confidencialidad, al órgano de administración de RONDA 15.

Sin perjuicio de aquellas otras responsabilidades que pudieran derivarse, la vulneración o incumplimiento del Código será sancionada conforme al convenio colectivo o a la normativa laboral vigente.

ENTRADA EN VIGOR Y ACTUALIZACIÓN

El presente Código Ético de RONDA 15 entra en vigor el día de hoy y se mantendrá vigente mientras no se apruebe su derogación.

Este Código está sujeto a revisión y actualización periódica.